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	<description>Asociación Profesional de Agentes de Desarrollo Local de Castilla y León</description>
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		<title>Taller sobre negocios innovadores y rentables con Business model Canvas</title>
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		<pubDate>Mon, 29 Apr 2013 16:53:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Asociación]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>La Asociación Profesional de Agentes de Desarrollo Local de Castilla y León (Adelcyl) persigue convertirse en un instrumento eficaz para proveer formación contínua a los profesionales del desarrollo local. Para ello organiza charlas, talleres y cursos para dar a conocer nuevas técnicas y metodologías relacionadas con la gestión del territorio,...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/negocios-innovadores-y-rentables-con-business-model-canvas/">Taller sobre negocios innovadores y rentables con Business model Canvas</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;"><strong><a href="http://canvasadelcyl.eventbrite.es"><img class="alignleft size-full wp-image-518" alt="Canvas dto9 Taller sobre negocios innovadores y rentables con Business model Canvas" src="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/04/Canvas-dto9.png" width="246" height="209" title="Taller sobre negocios innovadores y rentables con Business model Canvas" /></a>La Asociación Profesional de Agentes de Desarrollo Local de Castilla y León (Adelcyl) persigue convertirse en un instrumento eficaz para proveer formación contínua a los profesionales del desarrollo local</strong>. Para ello organiza charlas, talleres y cursos para dar a conocer nuevas técnicas y metodologías relacionadas con la gestión del territorio, la promoción económica y el emprendimiento.</p>
<p style="text-align: justify;">Por ello, <strong>Adelcyl organiza un curso sobre el Business Model Canvas</strong> <strong>que facilita el diseño y evaluación de un proyecto emprendedor</strong> desde la óptica de la validación del problema a resolver, la solución a comercializar y el modelo de negocio a implantar. La aplicación de estos principios, habitual en ecosistemas emprendedores como Silicon Valley, está revolucionando la puesta en marcha de startups, minimizando los riesgos de mercado y optimizando al máximo la utilización de recursos.</p>
<h3 style="text-align: justify;">¿En qué consiste este nuevo curso?</h3>
<p style="text-align: justify;">El Business Model Canvas es una <strong>herramienta de gestión estratégica para desarrollar un modelo de negocio de empresas existentes o nuevas en un gráfico visual.</strong> Por lo tanto, facilita a las empresas visualizar sus actividades de forma que queden claramente representadas las más importantes para el negocio y las relaciones entre ellas. Todo ello se presenta de forma visual en una sola página por lo que la potencia de la herramienta se basa en su simplicidad.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>La metodología del curso se basa en el concepto de “learning by doing”</strong> en el que se intercalan partes teóricas en las que se explica un concepto y partes prácticas en las que se pone en práctica lo aprendido. Las partes prácticas suelen realizarse mediante <strong>trabajo en grupo</strong>.</p>
<h3 style="text-align: justify;">¿Qué se tratará?</h3>
<p style="text-align: justify;">El curso se encuentra estructurado en dos sesiones. En la <strong>primera sesión</strong> se trabajarán los siguientes aspectos:</p>
<p style="text-align: justify;">- ¿Qué es un modelo de negocio?<br />
-Explicación del Business Model Canvas (BMC) y ejemplos.<br />
-Funciones del BMC: diseño y comunicación.<br />
-Metodología de creación del BMC.<br />
-Herramientas para la creación del BMC.<br />
-BMC para nuevos negocios (Lean Canvas).<br />
-Análisis del modelo de negocio.</p>
<p style="text-align: justify;">En la <strong>segunda sesión</strong> se profundizará en el conocimientos de los siguientes temas:</p>
<p style="text-align: justify;">-Patrones de modelos de negocio.<br />
-Elementos del modelo de negocio.<br />
-Ejercicio práctico y presentación final.</p>
<h3 style="text-align: justify;">¿Quién lo imparte?</h3>
<p style="text-align: justify;"><strong><a href="http://lucascervera.com" target="_blank">Lucas Cervera</a></strong> cuenta con una <strong>amplia experiencia docente</strong> en temas relacionados con los modelos de negocio y el emprendimiento. Es profesor en el  área de emprendedores de la <strong><a href="http://www.eoi.es" target="_blank">Escuela de Organización Industrial</a></strong>, en el <a href="http://www.mastermbe.com/" target="_blank">master de Emprendedores de la <strong>Universidad Politécnica de Madrid</strong> </a>y ha sido profesor invitado en el Master de Dirección de Operaciones del<strong><a href="http://www.ie.edu/business-school/" target="_blank"> Instituto de Empresa</a></strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">Además <strong>es fundador de <a href="http://metocube.com/" rel="nofollow">metoCube</a></strong> una aplicación web para documentar procedimientos de negocio. A la vez, es <strong>cofundador de</strong> <a href="http://iniciador.com/" rel="nofollow">Iniciador</a>, la mayor comunidad de emprendedores de España. En la actualidad <strong>se encuentra poniendo en marcha <a href="http://validable.com">validable</a></strong>, una incubadora para descubrir, validar y lanzar negocios en Internet.</p>
<h3 style="text-align: justify;">¿Cuándo se celebra?</h3>
<p style="text-align: justify;">El curso se celebrará en <strong>2 jornadas con un total de 7 horas</strong>. <strong>Se inicia el día 20 de mayo y finaliza el día 21 de mayo</strong>. El <strong>horario</strong> de las clases será <strong>de 17 horas a 20.30 horas</strong>.</p>
<h3 style="text-align: justify;">¿Cómo reservar mi plaza?</h3>
<div style="width: 100%; text-align: left;"><iframe src="http://www.eventbrite.es/tickets-external?eid=5999032267&amp;ref=etckt&amp;v=2" height="339" width="100%" frameborder="0" marginwidth="5" marginheight="5" scrolling="auto"></iframe></p>
<div style="font-family: Helvetica, Arial; font-size: 10px; padding: 5px 0 5px; margin: 2px; width: 100%; text-align: left;"><a style="color: #ddd; text-decoration: none;" href="http://www.eventbrite.es/r/etckt" target="_blank">Venta de entradas online</a><span style="color: #ddd;"> para </span><a style="color: #ddd; text-decoration: none;" href="http://canvasadelcyl.eventbrite.es?ref=etckt" target="_blank">Taller Business Model Canvas</a> <span style="color: #ddd;">ofrecido por</span> <a style="color: #ddd; text-decoration: none;" href="http://www.eventbrite.es?ref=etckt" target="_blank">Eventbrite</a></div>
</div>
<div class="shr-publisher-499"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- Start Shareaholic Recommendations Automatic --><!-- End Shareaholic Recommendations Automatic --><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/negocios-innovadores-y-rentables-con-business-model-canvas/">Taller sobre negocios innovadores y rentables con Business model Canvas</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></content:encoded>
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		<title>Adelcyl solicita a la Federación Regional de Municipios y Provincias su apoyo a las políticas de desarrollo local</title>
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		<pubDate>Thu, 18 Apr 2013 08:29:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Asociación]]></category>
		<category><![CDATA[Ayudas]]></category>
		<category><![CDATA[ayuntamientos]]></category>
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		<description><![CDATA[<p>La Asociación Profesional de Agentes de Desarrollo Local (Adelcyl) reclama ayudas a los ayuntamientos de Castilla y León para la contratación de técnicos de desarrollo local en cumplimiento de la Estrategia integrada de empleo, formación, prevención e igualdad 2012-2015 El 7 de marzo de 2012, la Junta de Castilla y León...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/adelcyl-solicita-a-frmpcl-su-apoyo-a-las-politicas-de-desarrollo-local/">Adelcyl solicita a la Federación Regional de Municipios y Provincias su apoyo a las políticas de desarrollo local</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;"><em><strong>La Asociación Profesional de Agentes de Desarrollo Local (Adelcyl) reclama ayudas a los ayuntamientos de Castilla y León para la contratación de técnicos de desarrollo local en cumplimiento de la <a title="Estrategia Integrada de Empleo" href="http://www.empleo.jcyl.es/web/jcyl/Empleo/es/Plantilla100/1284218089781/_/_/_" target="_blank">Estrategia integrada de empleo, formación, prevención e igualdad 2012-2015</a></strong></em></p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/04/ayto.jpg"><img class="alignleft  wp-image-489" alt="ayto Adelcyl solicita a la Federación Regional de Municipios y Provincias su apoyo a las políticas de desarrollo local" src="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/04/ayto.jpg" width="259" height="194" title="Adelcyl solicita a la Federación Regional de Municipios y Provincias su apoyo a las políticas de desarrollo local" /></a>El 7 de marzo de 2012, la Junta de Castilla y León y los agentes sociales alcanzaban un acuerdo para establecer una estrategia integrada que no solo manifestara la prioridad en que se había convertido el empleo sino que además articulara medidas concretas. Entre esas medidas, se encuentra aquella que <strong>el Presidente Juan Vicente Herrera presentó en el Debate sobre el Estado de la Comunidad</strong>, veáse, <em>“<strong>la contratación, por parte de las <span style="text-decoration: underline;">entidades locales</span>, de técnicos destinados a la detección de recursos disponibles y oportunidades de dinamización económica en su ámbito de actuación, efectuando una labor de identificación de yacimientos de empleo y oportunidades de emprendimiento ligadas al entorno rural&#8221;</strong></em>.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Transcurrido más de un año, la Junta de Castilla y León sólo ha autorizado</strong>, el pasado 27 de diciembre, al Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl) <strong>conceder una ayuda directa únicamente a las diputaciones provinciales</strong> para la contratación de técnicos para la identificación de oportunidades de dinamización económica y de creación de empresas en el ámbito rural.</p>
<p style="text-align: justify;">Con esta medida, Adelcyl entiende que <strong>el Ecyl cumple parcialmente con lo recogido en la Estrategia ya que</strong> se dice en relación a la contratación de técnicos para la identificación de oportunidades de dinamización económica y de creación de empresas en el ámbito rural que <em><strong>&#8220;estas contrataciones podrán ser <span style="text-decoration: underline;">realizadas por municipios, agrupaciones voluntarias de municipios, mancomunidades de municipios, Diputaciones</span> </strong>y entidades dependientes o vinculadas a las anteriores, valorándose, en todo caso, el potencial de desarrollo en el entorno&#8221;</em>.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>La Asociación Profesional de Agentes de Desarrollo Local (Adelcyl) se ha dirigido a la Federación Regional de Municipios y Provincias, como defensora de la Autonomía Local, para que reclame a la Junta de Castilla y León el cumplimiento íntegro de los acuerdos</strong> recogidos en la <a href="http://www.empleo.jcyl.es/web/jcyl/Empleo/es/Plantilla100/1284218089781/_/_/_" target="_blank">Estrategia integrada de empleo, formación, prevención e igualdad 2012-2015</a>. Para ello, Adelcyl entiende ineludible la urgente aprobación de una línea de ayudas dirigidas a ayuntamientos para la contratación de técnicos de desarrollo local tan necesarios para poner en marcha programas de apoyo a la creación de empleo, el emprendimiento y la promoción económica.</p>
<p style="text-align: justify;">Cabe recordar que la Asociación Profesional de Agentes de Desarrollo Local (Adelcyl) solicitó al Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl) ya en el mes de enero información en relación a la posibilidad de que los ayuntamientos también pudieran beneficiarse de estas ayudas o de otras para esta finalidad. La respuesta del Ecyl ha sido infructuosa puesto que en su contestación no se hace mención alguna al respecto.</p>
<h3 style="text-align: justify;">Polémico proceso de contratación de los técnicos para la identificación de oportunidades</h3>
<p style="text-align: justify;">A finales del mes de marzo, las diputaciones provinciales han iniciado los procesos para la contratación de sus respectivos técnicos para la identificación de oportunidades de dinamización económica y de creación de empresas en el ámbito rural. Estos procesos han sido regulados por una <strong>Instrucción ECYL/3/2013 emitida por el Ecyl</strong> en el mes de marzo. En ella, por ejemplo, se <strong>recoge la prohibición a la<em> &#8220;aplicación de la normativa establecida para los procedimientos de selección de personal de las distintas Administraciones Públicas, aún cuando la Entidad contratante sea un Organismo Público&#8221;</em></strong>. A la vez, establece que <strong>únicamente podrán seleccionarse a aquellas personas desempleadas que cuenten con una titulación universitaria en derecho, trabajo social o administración de empresas</strong>, circunstancia que no había ocurrido en otras ocasiones.</p>
<p style="text-align: justify;">Por todo ello, <strong>Adelcyl remitió</strong> el pasado 16 de marzo <strong>un escrito</strong> en el que se instaba al Ecyl a retirar la citada instrucción interna <strong>que solicitaba que los procesos de selección garantizaran los principios legales de publicidad, objetividad, capacidad y mérito.</strong></p>
<h3 style="text-align: justify;"><strong>¿Qué se entiende por simplificación administrativa?</strong></h3>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.empleo.jcyl.es/web/jcyl/Empleo/es/Plantilla100/1284218089781/_/_/_" target="_blank">En la Estrategia integrada de empleo, formación, prevención e igualdad 2012-2015</a> se dice que <strong>las ayudas para la contratación de técnicos para la identificación de oportunidades de dinamización económica</strong> y de creación de empresas en el ámbito rural <strong>es una medida de simplificación administrativa al integrar las líneas de agentes de desarrollo local y de nuevos yacimientos de empleo</strong>. Esa integración debería suponer que la Junta de Castilla y León concentrara los 5.944.764,72 euros destinados a financiar el programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local y los 10.832.440,00 euros dirigidos a Nuevos Yacimientos de Empleo. Lamentablemente, el presupuesto para este programa de contratación de técnicos para la identificación de oportunidades se ha visto enormemente reducido, ascendiendo a tan sólo 1.890.000 euros.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>La integración de ambas líneas</strong> según recoge la Estrategia <strong>ha significado, en primer lugar, que los ayuntamientos de Castilla y León ya no puedan solicitar ninguna ayuda dirigida a contar con técnicos para la promoción económica</strong>, el fomento del espíritu emprendedor y la creación de empleo de su territorio. <strong>En segundo lugar, ha supuesto una reducción de un 89% de los fondos destinados a políticas de desarrollo local</strong>, lo cual supone un duro golpe a la recuperación económica de nuestros municipios.</p>
<p style="text-align: justify;">Además en el transcurso de este último año, <strong>los ayuntamientos de Castilla y León han dejado de percibir casi 20 millones de euros correspondientes a programas de desarrollo local, que más de 150 municipios han dejado de recibir ayudas para el mantenimiento de sus servicios municipales de desarrollo local y que más de 500 puestos de trabajo cualificado ha desaparecido</strong>.</p>
<pre style="text-align: justify;">Foto de Francisco Javier Martínez Adrados vía <a title="Banco de Imágenes y Sonidos" href="http://recursostic.educacion.es/bancoimagenes/web/" target="_blank">Banco de Imágenes y Sonidos</a></pre>
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		<title>Requisitos de la ayuda para la contratación de técnicos de dinamización rural</title>
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		<pubDate>Thu, 21 Mar 2013 09:29:43 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[<p>El pasado 27 de diciembre, como ya se informó, la Junta de Castilla y León autorizó al Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl) a conceder una ayuda directa a las diputaciones provinciales para la contratación de técnicos para la identificación de oportunidades de dinamización económica y de...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/detalles-de-la-subvencion-para-la-contratacion-de-tecnicos-de-dinamizacion-rural/">Requisitos de la ayuda para la contratación de técnicos de dinamización rural</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;">El <a href="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/03/CV.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-478" alt="CV Requisitos de la ayuda para la contratación de técnicos de dinamización rural" src="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/03/CV.jpg" width="240" height="180" title="Requisitos de la ayuda para la contratación de técnicos de dinamización rural" /></a>pasado 27 de diciembre, <a title="Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local" href="http://www.adelcyl.org/las-diputaciones-contaran-con-una-ayuda-para-la-contratacion-de-profesionales-del-desarrollo-local/" target="_blank">como ya se informó</a>, la Junta de Castilla y León autorizó al Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl) a conceder una ayuda directa a las diputaciones provinciales para la contratación de técnicos para la identificación de oportunidades de dinamización económica y de creación de empresas en el ámbito rural.</p>
<p style="text-align: justify;">El día 21 de febrero se dictó la <a href="http://www.empleo.jcyl.es/web/jcyl/Empleo/es/Plantilla100/1284260224921/_/_/_" target="_blank">Resolución</a> por la que se concedían 1.890.000 € a las diputaciones provinciales para financiar los costes laborales de las citadas contrataciones que deberán haberse realizado antes del día 2 de mayo. La duración de los contratos por obra o servicio determinado deberán tener una duración de 12 meses y a jornada completa. Las personas que deseen optar a alguna de las plazas tendrán que encontrarse en situación de desempleo.</p>
<p style="text-align: justify;">El Ecyl subvencionará cada contratación con un máximo de 27.000 €.  La citada Resolución no recoge ninguna distribución por provincias aunque la propia Junta de Castilla y León sí la facilitara cuando <a href="http://www.comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1281372051501/_/1284251447560/Comunicacion" target="_blank">informó del acuerdo de la Junta de Gobierno</a> que autorizaba esta subvención directa.</p>
<p style="text-align: justify;">El Ecyl establece que los técnicos contratados tendrán que cumplir una serie de objetivos trimestrales. Concretamente, se deberá realizar 9 acciones de asesoramiento y acompañamiento técnico de proyectos empresariales en sectores emergentes, 3 acciones de orientación, tutorización y formación a desempleados, y 21 acciones de difusión e información sobre los servicios y programas del Ecyl.</p>
<p style="text-align: justify;">Esta subvención directa se encuentra cofinanciada por el Fondo Social Europeo y se enmarca dentro de la <a href="http://www.empleo.jcyl.es/web/jcyl/Empleo/es/Plantilla100/1284218089781/_/_/_" target="_blank">Estrategia integrada de empleo, formación, prevención e igualdad 2012-2015</a> que es el resultado del acuerdo alcanzado entre la Junta de Castilla y León y los representantes sociales a principios del año 2012.</p>
<pre style="text-align: justify;">Foto de <a title="Italian Voice" href="http://www.flickr.com/photos/desiitaly/" target="_blank">Italian Voice</a> vía Flickr.</pre>
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		<title>Resumen del Real Decreto-ley de medidas de apoyo al emprendedor</title>
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		<pubDate>Mon, 11 Mar 2013 08:04:25 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[<p>El pasado día 22 de febrero el Consejo de Ministro aprobó el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo publicado en el BOE del siguiente día. Se confía que esta norma no sea...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/rdl-medidas-apoyo-emprendedor/">Resumen del Real Decreto-ley de medidas de apoyo al emprendedor</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/03/4427310974_05b9faae8a_z.jpg"><img class="alignleft  wp-image-458" alt="4427310974 05b9faae8a z Resumen del Real Decreto ley de medidas de apoyo al emprendedor" src="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/03/4427310974_05b9faae8a_z.jpg" width="150" height="84" title="Resumen del Real Decreto ley de medidas de apoyo al emprendedor" /></a>El pasado día 22 de febrero <strong>el Consejo de Ministro aprobó el <a title="RDL 4/2013" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-2030" target="_blank">Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo</a></strong> publicado en el BOE del siguiente día. Se confía que esta norma no sea sustitutiva de la prometida <a title="Compromiso Ley Emprendedores PP" href="http://www.pp.es/actualidad-noticia/una-ley-que-fomenta-espiritu-emprendedor_4610.html" target="_blank">ley del emprendedor </a>que el actual gobierno se comprometió realizar.</p>
<p style="text-align: justify;">El objeto de <strong>este Real Decreto-ley</strong>, según lo expuesto en el preámbulo, es adoptar <em>&#8220;medidas, con carácter de urgencia, dirigidas a desarrollar la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, a fomentar la financiación empresarial a través de mercados alternativos, a reducir la morosidad en las operaciones comerciales y, en general, a fomentar la competitividad de la economía española&#8221;</em>. <strong>Para el <a title="Blog de Eduardo Rojo" href="http://www.eduardorojotorrecilla.es/2013/02/examen-de-los-contenidos-laborales-del.html#more" target="_blank">Profesor Eduardo Rojo</a> se podría calificar como una ley ómnibus</strong> al recogerse medidas laborales, de fomento de la financiación empresarial, financiación para el pago de proveedores de las administraciones públicas, de lucha contra la morosidad comercial, aquellas dirigidas al sector ferroviario y al de hidrocarburos. Hay que advertir, en todo caso, que los beneficiarios de las medidas de apoyo al emprendedor y a la creación de empleo van dirigidas casi exclusivamente a personas menores de 30 años.</p>
<p style="text-align: justify;">Se quiere llamar también la atención de que <strong>este Real Decreto-ley recoge modificaciones que van a permitir la privatización de los servicios de orientación para el empleo</strong> que acutalmente se venían realizando en las oficinas de empleo por personal de la administración pública.</p>
<p style="text-align: justify;">Se ha realizado una lectura de este farragoso Real Decreto-Ley para <strong>resumir a continuación las principales novedades</strong> que recoge en lo que se circunscribe a aquello relacionado con el apoyo al emprendedor. También <strong>ha sido de mucha utilidad el examen que el <a href="http://www.eduardorojotorrecilla.es/2013/02/examen-de-los-contenidos-laborales-del.html" target="_blank">Profesor Eduardo Rojo</a> ha realizado en su blog</strong>.</p>
<h3 style="text-align: justify;">Bonificaciones, reducciones y compatibilidades</h3>
<p style="text-align: justify;">El Real Decreto-ley 4/2013 recoge las anunciadas<strong> bonificaciones y reducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los autónomos</strong><em><strong> &#8220;que tengan menos de 30 años de edad y que causen alta inicial</strong> o que no hubieran estado en situación de alta en los cinco años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar”</em>. Será aplicable sobre la  <em>&#8220;cuota por contingencias comunes, excepto en la incapacidad temporal, resultante de aplicar a la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, por un período máximo de 30 meses, según la siguiente escala: a) Una reducción equivalente al 80% de la cuota durante los 6 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta. b) Una reducción equivalente al 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes al período señalado en la letra a). c) Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes al período señalado en la letra b). d) Una bonificación equivalente al 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción”</em>.</p>
<p style="text-align: justify;">Para poder compatibilizar la prestación por desempleo y trabajo por cuenta propia habrá que esperar a que sea recogida esta posibilidad por los correspondientes programas de fomento al empleo. Únicamente <strong>podrán ser beneficiarios los menores de 30 años a fecha de inicio de actividad</strong>, siempre que se trate del percibo de una prestación contributiva, y por una duración máxima de 270 días, no tener trabajadores a su cargo, y solicitarlo en un plazo máximo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de aquella.</p>
<p style="text-align: justify;">A la vez, se incorpora un<strong> nuevo supuesto para solicitar la capitalización de la prestación por desempleo por parte de personas menores de 30 años</strong> que <strong>destinen su prestación </strong><em><strong>&#8220;al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de doce meses anteriores a la aportación</strong>, siempre que desarrollen una actividad profesional o laboral de carácter indefinido respecto a la misma, e independientemente del Régimen de la Seguridad Social en el que estén encuadrados”</em>, manteniéndose la actividad por un periodo mínimo de 18 meses. Este supuesto queda vedado para aquellas personas que hayan mantenido vínculo contractual previo con la entidad y para los TRADE que <em>“que hayan suscrito con un cliente un contrato registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal”</em>.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Para menores de treinta años se amplía de dos a cinco años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación por desempleo</strong>. A la vez, adquiere para este colectivo carácter de voluntariedad la protección por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.</p>
<h3 style="text-align: justify;">Incentivos fiscales</h3>
<p style="text-align: justify;"><strong>Las sociedades mercantiles de nueva creación</strong>, véase aquellas constituidas a partir de 1 de enero de 2013, <strong>tributarán a un tipo reducido del 15 por 100 por los primeros trescientos mil euros de base imponible y del 20 por 100 para el resto de la base durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.</strong> <strong>En el caso de los autónomos</strong> que inicien actividades económicas podrán aplicar <strong>una reducción del 20 por 100 en los rendimientos netos</strong> que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Se elimina el límite de 15.500 euros en la exención en el IRPF de la prestación por desempleo para las personas que se constituyan como autónomos y capitalicen dicha prestación.</strong> Quedaría condicionada al mantenimiento de la acción o participación durante el plazo de cinco años cuando la persona desempleada se hubiera integrado en sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado o hubiera realizado una aportación al capital social de una entidad mercantil, o al mantenimiento, durante idéntico plazo, de la actividad, en el caso del trabajador autónomo.</p>
<h3 style="text-align: justify;">Estímulos a la contratación</h3>
<p style="text-align: justify;">Con carácter temporal y únicamente hasta que la tasa de desempleo no disminuya del 15%, se establecen una serie de bonificaciones a la Seguridad Social para empresas y autónomos que contraten a jóvenes.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>La cuota empresarial a la Seguridad Social se reducirá en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y totalmente para el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de treinta años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de doce meses.</strong> La flexibilidad normativa se amplía  a que la formación no tiene porque <em>&#8220;estar vinculada específicamente al puesto de trabajo objeto del contrato&#8221;</em> pero deberá ser acreditable oficial o promovida por los Servicios Públicos de Empleo o en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación de una duración mínima de 90 horas en cómputo anual. El contrato a tiempo parcial podrá ser de caracter indefinio o temporal.<br />
No podrán acogerse las empresas que hayan tomado decisiones extintivas improcedentes para la cobertura de puestos de trabajo del mismo grupo profesional y producidas “en el mismo centro o centros de trabajo”, en los seis meses anteriores a la celebración del contrato y únicamente a las realizadas desde el 24 de febrero . Estas limitaciones se repiten para el resto de medidas para la contratación.<br />
Tal como se recoge en la disposición final tercera,<strong> las ETTs podrán formalizar contratos para la formación y el aprendizaje,</strong> <em>“bajo las mismas condiciones y requisitos en que la empresa usuaria podría celebrarlo”</em>.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores</strong> se beneficiarán de una <strong>reducción del 100 por 100 de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año por la contratación indefinida de un desempleado menor de treinta años</strong>. No podrá beneficiarse la empresa, o el autónomo, que haya tenido algún vínculo laboral anterior con el trabajador. Además es incompatible con el contrato indefinido de fomento de empleo para apoyo a emprendedores, para trabajadores fijos discontinuos, y para los contratos indefinidos que se formalicen con trabajadores discapacitados, afectados por violencia de género o de terrorismo, o en situación o riesgo de exclusión social.</p>
<p style="text-align: justify;">Se crea el <strong>contrato &#8220;primer empleo joven&#8221;</strong> que permite<strong> contratar a menores de treinta años desempleados sin experiencia profesional previa o inferior a 3 meses, con incentivos a su trasformación en indefinido</strong>. Concretamente, se establece una bonificación de 500 euros al año durante tres años o 700 euros si se suscribe con mujeres. <strong>Para este contrato temporal desaparece la causa que justifique la eventualidad según la <a href="http://www.eduardorojotorrecilla.es/2013/02/examen-de-los-contenidos-laborales-del_5686.html" target="_blank">opinión del Profesor Eduardo Rojo</a></strong> al establecerse que  se <em>&#8220;considerará causa del contrato la adquisición de una primera experiencia profesional&#8221;</em>.<br />
La duración mínima del contrato debe ser de 3 meses y la máxima de 6  meses <em>&#8220;salvo que se establezca una duración superior por convenio colectivo sectorial estatal o, en su defecto, por convenio colectivo sectorial de ámbito inferior, sin que en ningún caso dicha duración pueda exceder de 12 meses&#8221;</em>. La jornada laboral deberá ser superior al 75 por ciento de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo comparable.</p>
<p style="text-align: justify;">Se introducen incentivos al <strong>contrato en prácticas para que aquellos jóvenes de hasta treinta años que hayan terminado su periodo formativo</strong> <em>&#8220;aunque hayan transcurrido cinco o más años desde la terminación de los correspondientes estudios&#8221;</em>. Se establecerá una <strong>reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes de hasta el 50%</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Los  “nuevos proyectos de emprendimiento joven”</strong> llevados a cabo por los trabajadores por cuenta propia menores treinta años, y sin trabajadores asalariados <strong>podrán beneficiarse de bonificaciones durante un año cuando se formalice una contratación indefinida, a tiempo completo o parcial, con personas desempleadas de edad igual o superior a cuarenta y cinco años,</strong> inscritas ininterrumpidamente como desempleadas en la oficina de empleo al menos durante doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación o que resulten beneficiarios del programa PREPARA.</p>
<h3 style="text-align: justify;">Contratación de servicios externos que faciliten la intermediación laboral</h3>
<p style="text-align: justify;">La Ley de Contratos del Sector Público es modificada para la <em>“formalización conjunta de acuerdos marco para la contratación de servicios que faciliten la intermediación laboral”. </em> De esta forma, <strong>se posibilita que los servicios estatal y autonómicos de empleo puedan suscribir de forma conjunta  acuerdos marco con uno o varios empresarios, para fijar las condiciones a que deberán ajustarse los contratos de servicios de características homogéneas, para facilitar a los Servicios Públicos de Empleo la intermediación laboral</strong>, es decir, se persigue iniciar un proceso de externalización de las labores de intermediación laboral pero de un modo homogéneo o centralizador, como quiera verse.</p>
<p style="text-align: justify;">
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		<title>Novedades sobre la subvención a diputaciones provinciales para la contratación de técnicos de desarrollo local</title>
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		<pubDate>Wed, 13 Feb 2013 17:14:45 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ayudas]]></category>
		<category><![CDATA[diputaciones]]></category>
		<category><![CDATA[ecyl]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Tal como se informaba en nuestra página en internet, el pasado 27 de diciembre se autorizaba al Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl) para que concediera una subvención de 1.890.000 € a las diputaciones provinciales para la contratación de técnicos para la dinamización económica, análisis de recursos...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/novedades-subvenciones-diputaciones-tecnicos-desarrollo-local/">Novedades sobre la subvención a diputaciones provinciales para la contratación de técnicos de desarrollo local</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p><a href="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/02/dip.jpg"><img class=" wp-image-380  alignleft" alt="19499  54 m 1 Novedades sobre la subvención a diputaciones provinciales para la contratación de técnicos de desarrollo local" src="http://recursostic.educacion.es//bancoimagenes/ArchivosImagenes/DVD09/CD07/19499__54_m_1.jpg" width="300" height="225" title="Novedades sobre la subvención a diputaciones provinciales para la contratación de técnicos de desarrollo local" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Tal como se informaba en nuestra página en internet, <strong>el pasado 27 de diciembre se autorizaba al <a title="Ecyl" href="http://www.empleo.jcyl.es" target="_blank">Servicio Público de Empleo de Castilla y León (Ecyl)</a> para que concediera una <a title="Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local" href="http://www.adelcyl.org/las-diputaciones-contaran-con-una-ayuda-para-la-contratacion-de-profesionales-del-desarrollo-local/" target="_blank">subvención de 1.890.000 € a las diputaciones</a> provinciales para la contratación de técnicos para la dinamización económica</strong>, análisis de recursos disponibles y para la creación de empresas en el ámbito rural.</p>
<p style="text-align: justify;">Desde <strong>Adelcyl</strong> inmediatamente se <strong>solicitó al Ecyl información sobre las características de esta convocatoria</strong> además de trasladarle la posición de la asociación en relación con los requisitos que deben reunir estos profesionales y del propio proceso de selección.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>El Ecyl diligentemente ha trasladado a Adelcyl respuesta</strong> al escrito presentado. Las personas asociadas recibirán en estos días toda la información que atentamente ha remitido el Ecyl.</p>
<p style="text-align: justify;">Para hacerse socio/a de Adelcyl puedes <a title="¡Participa!" href="http://www.adelcyl.org/participa/" target="_blank">informarte aquí</a>.</p>
<h4 style="text-align: center;"><strong><span style="color: #e31b3f;">¡Anímate a formar parte de la red de profesionales del desarrollo local de Castilla y León!</span></strong></h4>
<pre>
Foto de Francisco Javier Martínez Adrados vía <a title="Banco de imágenes" href="http://recursostic.educacion.es/bancoimagenes/web/" target="_blank">Banco de imágenes y sonidos</a> del Ministerio de Educación</pre>
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		<title>Informe del Cescyl sobre el Anteproyecto de Ley de Creación de Empresas en Castilla y León</title>
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		<pubDate>Wed, 30 Jan 2013 19:03:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Legislación]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>La Comisión Permanente del Consejo Económico y Social de Castilla y León (Cescyl) aprobó ayer el Informe Previo sobre el Anteproyecto de Ley de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León. Precisamente, el pasado día 14 de enero fue recibida la solicitud de la Consejería de Economía...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/cescyl-ley-creacion-empresas-cyl/">Informe del Cescyl sobre el Anteproyecto de Ley de Creación de Empresas en Castilla y León</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;">La <a title="Comisión Permanente Cescyl" href="http://www.cescyl.es/cescyl/permanente.php" target="_blank">Comisión Permanente</a> del <strong><a title="Cescyl" href="http://www.cescyl.es" target="_blank">Consejo Económico y Social de Castilla y León (Cescyl)</a> aprobó</strong> ayer el <strong><a title="IP Ley Creación Empresas en CyL" href="http://www.cescyl.es/pdf/informes/siteys/BORRADOR%20IP%20ESTIMULO%20CREACION.pdf" target="_blank">Informe Previo sobre el Anteproyecto de Ley de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León</a></strong>. Precisamente, el pasado día 14 de enero fue recibida la solicitud de la Consejería de Economía y Empleo que solicitaba dicho informe con caracter de urgencia aduciendo que,</p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">En un contexto mundial cambiante, Castilla y León no resulta ajena a la situación de crisis, siendo una prioridad política evitar la destrucción de empleo y empresas en nuestra Región, considerándose fundamental para ello la promoción de cuantas medidas resulten necesarias para estimular la creación de nuevas empresas y, en consecuencia, la creación de riqueza y empleo.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Precisamente, en la Observación General Octava del documento <strong>el Cescyl critica el trámite de urgencia</strong> ya que duda de que se esté en alguna situación en que resulte indudable una rápida tramitación. Más si cabe, cuando fue el día 12 de marzo de 2012 cuando se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León <a title="Trámite de información pública" href="http://bocyl.jcyl.es/boletines/2012/03/12/pdf/BOCYL-D-12032012-74.pdf" target="_blank">el anuncio que iniciaba el trámite de información pública</a>, es decir, hace ya 10 meses. Hay que resaltar la diligencia del Cescyl a la hora de dar respuesta a la solicitud de informe previo en tan solo 14 días.</p>
<p style="text-align: justify;">Al examinar los antecedentes internacionales que recoge el escrito, se echa de menos alguna referencia a la experiencia británica cuando precisamente en la última década ha sido muy activa en este campo. En este apartado se mencionan las normativas francesa y la de los Estados Unidos. También se relaciona la legislación y documentación europea, nacional y autonómica adquiriendo bastante relavancia la relativa a aquella relacionada con la Directiva de Servicios y la simplificación administrativa.</p>
<p style="text-align: justify;">El Cescyl en la Observación General Segunda recuerda la importancia de la &#8220;propagación&#8221; del espíritu emprendedor a diversos campos como a las actividades de desarrollo económico territorial. Mientras que en la siguiente observación, <strong>el Cescyl da mucha importancia a la existencia de oportunidades en un territorio como uno de los principales factores que afectan a la decisión de emprender.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Entrando en las Observaciones Particulares, el <strong>Cescyl comienza por valorar como <em>&#8220;ambiciosa&#8221;</em> la ley y resalta que <em>&#8220;compromete a la Administración a actuar con eficacia e iniciativa&#8221;</em></strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">En la Observación Particular Tercera solicita que <strong>se considere especialmente a los emprendedores del ámbito rural en concordancia</strong> con lo pactado en el <a title="Plan Estímulos CyL" href="http://www.castillayleon.ccoo.es/comunes/recursos/6/1466295-PLAN_DE_ESTIMULOS..pdf" target="_blank">Plan de Estímulos para el Crecimiento y el Empleo de 11 de octubre de 2012 </a></p>
<p style="text-align: justify;">El Cescyl, como no podía ser de otra manera, <strong>resalta la importancia</strong> de haber introducido la <strong>formación, motivación e información y su orientación hacia resultados</strong> aunque le reclama al legislador mayor &#8220;ambición&#8221; a la hora de determinar metodologías y contenidos. También solicita que la Junta de Castilla y León determine, junto a los agentes públicos y privados, los criterios de acceso y participación en la programación anual de formación basándose en la experiencia previa en la impartición de cursos relacionados.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Acertada es la mención a la ética y la responsabilidad social</strong> en la empresa aunque el Cescyl censura la ubicación del artículo 7 tal como se recoge en la Observación Particular Séptima.</p>
<p style="text-align: justify;">Cuando se estudian <strong>las medidas específicas de reducción de trabas administrativas</strong>, el Cescyl entiende que <strong>ya existen</strong> la mayoría pero <strong>considera novedosas las letras e) y f) del artículo 9, eso sí,</strong> en la actualidad <strong>inaplicables debido a que no existe la requeridad interoperabilidad</strong> entre administraciones. A ello se suma las dudas planteadas a la hora de agilizar los trámites ya que éstos conciernen a diferentes administraciones y obliga a una importante coordinación. Aquí el Cescyl duda sobre el trámite de urgencia y su alcance ya que el Anteproyecto establce que <em>&#8220;en todos los procedimientos de creación e instalación de empresas se considere que concurren razones de interés público a los efectos de la tramitación procedimental&#8221;</em> y estima <strong>necesario que la Ley recoga el silencio administrativo positivo en estos trámites como ya estipula la <a title="Ley Ómnibus" href="http://www.minhap.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Internacional/Union%20Europea/Paginas/Ley%C3%93mnibus.aspx" target="_blank">Ley Ómnibus</a></strong>.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>El Cescyl destaca como novedoso la generalización de la declaración responsable</strong> pero cree conveniente aumentar a diez días, en lugar de los cinco que recoge el Anteproyecto, el plazo para subsanación de errores ya que es un plazo difícil de cumplir por el solicitante y la consecuencia no es otra que el cierre cautelar de la empresa.</p>
<p style="text-align: justify;">Llama la atención que <strong>el Cescyl advierta que el artículo 13</strong> que versa sobre el principio de proporcionalidad <strong>ya se encuentre regulado</strong> por la <a title="Ley 12/2012" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-15595" target="_blank">Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios</a> y en la <a title="Ley Economía Sostenible" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-4117" target="_blank">Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible</a> introdujo en la <a title="Ley Bases Régimen Local" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-5392" target="_blank">Ley 7/1985 de Bases del régimen Local un artículo 84bis</a>. No se queda aquí la cosa ya que<strong> lo dispuesto en los artículos 15 y 16 también viene recogido</strong> en <a title="Ley Derechos Ciudadanos CyL" href="http://bocyl.jcyl.es/boletines/2010/03/22/pdf/BOCYL-D-22032010-1.pdf" target="_blank">Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública</a> y en el <a title="Decreto Calidad Normativa CyL" href="http://bocyl.jcyl.es/boletines/2010/10/13/pdf/BOCYL-D-13102010-1.pdf" target="_blank">Decreto 43/2010, de 7 de octubre por el que se aprueban determinadas medidas de mejora en la calidad normativa en la Administración de la Comunidad de Castilla y León</a>.</p>
<p style="text-align: justify;">En lo relativo al <strong>Sistema Integral de Apoyo al Emprendedor para la creación de empresas (SIAE)</strong>, el Cescyl <strong>cree conveniente que se fijen criterios concretos</strong> y solicita ser informada de cualquier actuación. Además, habla de la necesidad de un sistema informático unificado y de poder realizar los trámites online. También <em>&#8220;<strong>resulta de especial interés&#8221;</strong></em><strong> los Agentes de Acompañamiento Empresarial</strong> que vienen recogidos en el artículo 21.b y aconseja utilizar las herramientas existentes como la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial o la denominada “ADE Rural” pero aquí parece que <strong>el Cescyl se olvida de los recursos existentes en el ámbito local</strong> y que han resultado siempre más eficaces por la cercanía a los ciudadanos y el conocimiento del territorio.</p>
<p style="text-align: justify;">Eso sí, muy acertado es el recordatorio que realiza el Cescyl al considerar necesario que <strong>el futuro Plan de Apoyo a la Creación de Empresas contenga una memoria financiera</strong> donde quede constancia de los recursos económicos necesarios. Sobre dicho plan también advierte de la falta de elementos esenciales como la vigencia, la necesidad de evaluación y cuando tendría que realizarse.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>El Cescyl concluye valorando favorablemente el Anteproyecto aunque</strong> realiza algunas indicaciones importantes de las cuales destacamos:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify;">La <strong>dificultad de la aplicación inmediata de muchas de las medidas contempladas</strong>. El Cescyl dice &#8220;casi todas las medidas están condicionadas a la publicación de “relación detallada de los procedimientos y trámites relacionados con la creación e instalación de empresas”, la puesta en marcha del Sistema Integral de Apoyo al Emprendedor (SIAE) y plan de apoyo a la creación de empresas emprendedoras&#8221;.</li>
<li style="text-align: justify;"><strong>El Anteproyect</strong>o en su redacción <strong>está más cerca de parecer un plan o un programa que una norma legal</strong>, sobre todo, en los Títulos II, IV y V al utilizar con profusión verbos en futuro.</li>
<li style="text-align: justify;">La advertencia del <strong>riesgo que supone la eliminación de los controles a priori y la introducción de los controles a posteriori</strong> al derivar en una posible situación de desregularización que pueda perjudicar a unos competidores sobre otros y a los propios consumidores y ciudadanos. Además este cambio de cultura administrativa hace necesario una actividad administrativa más dinámica para realizar las labores de control y fiscalización continua y requiere de una adecuada formación de los trabajadores de la Administración.</li>
<li style="text-align: justify;">El Cescyl muestra una vez más su gran capacidad de análisis y sus vastos conocimientos a la hora de referirse al <strong>“emprendimiento corporativo” o “intraemprendimiento”</strong> y a advertir de que <strong>el Anteproyecto no lo incluye en su redacción</strong>. También hace una referencia a <strong>introducir medidas que apoyen la internacionalización de las empresas</strong>, de <strong>potenciar la labor de los Business Angels y de la tutela de los emprendedores por parte de profesionales</strong> con una amplia experiencia.</li>
<li style="text-align: justify;">El Cescyl cree conveniente <strong>priorizar las actuaciones sobre jóvenes, las mujeres, los desempleados, los inmigrantes y las personas con discapacidad</strong> ya que son los grupos de población que más sufren los efectos de la crisis.</li>
<li style="text-align: justify;">Por último, <strong>el Cescyl apuesta por </strong><em><strong>&#8220;potenciar un cambio de modelo productivo regional</strong> con más industria sostenible, intensiva en conocimiento, centrada en núcleos de interés como la agroalimentación, el vehículo eléctrico, nuevas tecnologías&#8221;</em> y <em>&#8220;considera que a<strong> las Universidades les corresponde buena parte de la tarea,</strong> desde el punto de vista del emprendimiento, de generar innovación y oportunidades&#8221;</em>.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"><strong>Tras la lectura del informe queda la sensación de que para ese viaje no son menester alforjas</strong>, en el sentido de que seguramente sería más eficiente el diseño de una estrategia en la cual fueran partícipes todos los agentes involucrados en la creación de empresas y en el impulso emprededor. Una estrategia bien diseñada, bien dotada económicamente y, sobre todo, que ofreciera los instrumentos y herramientas a los diferentes territorios para desarrollar aquellas medidas más apropiadas en relación a sus particularidades. <strong>Cabe recordar que <a title="Instrumentos de apoyo a empresas jóvenes" href="https://docs.google.com/viewer?a=v&amp;pid=sites&amp;srcid=ZGVmYXVsdGRvbWFpbnxpbmZvYWRlbHZhfGd4OjdlZTU0YzIwNTU3YzZlNzM" target="_blank">los emprendedores normalmente acuden a la administración local</a> a la hora de buscar apoyo para la creación de sus proyectos empresariales.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">En definitiva, <strong>una nueva normativa que trae buenas intenciones en lo referente a la creación de empresas y mucho articulado que debería encontrarse incluido en la normativa que traspone la Directiva de Servicios</strong> al ordenamiento jurídico autonómico.</p>
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		<title>Ayuda a ayuntamientos abulenses para la contratación de Auxiliares de Desarrollo Rural</title>
		<link>http://www.adelcyl.org/ayuda-avila-contratacion-desarrollo-rural/</link>
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		<pubDate>Wed, 30 Jan 2013 17:48:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ayudas]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>En el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila de ayer, día 29 de enero, fue publicada la convocatoria de subvenciones a ayuntamientos para la contratación inicial de auxiliares de desarrollo rural para el ejercicio 2013. Parece ser que en la provincia de Ávila, los Agentes de Empleo y Desarrollo...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/ayuda-avila-contratacion-desarrollo-rural/">Ayuda a ayuntamientos abulenses para la contratación de Auxiliares de Desarrollo Rural</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;">En el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila de ayer, día 29 de enero, fue <strong><a title="Convocatoria ayudas contratación ADR" href="http://www.diputacionavila.es/bop/bops/2013/29-01-2013.pdf" target="_blank">publicada la convocatoria de subvenciones a ayuntamientos para la contratación inicial de auxiliares de desarrollo rural para el ejercicio 2013</a></strong>. Parece ser que en la provincia de Ávila, <strong>los Agentes de Empleo y Desarrollo Local (AEDL) han sido reconvertidos en &#8220;Auxiliares de Desarrollo Rural (ADR)&#8221;</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>El fin</strong> de la contratación <strong>de estos &#8220;auxiliares&#8221; es que <em>&#8220;colaboren en la puesta en marcha de nuevos proyectos que contribuyan a la promoción e implantación de políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial</em></strong><em>, para el año 2013&#8243;</em>. En esencia, lo mismo que llevaban haciendo los Agentes de Empleo y Desarrollo Local.</p>
<p style="text-align: justify;">La convocatoria no define en ningún momento <strong>qué es un Auxiliar de Desarrollo Rural</strong> ni, por tanto, establece los requisitos que deben reunir las personas contratadas.  <strong>Por analogía</strong>, esta nueva figura sería <strong>un Oficial de Segunda</strong> atendiendo a que la convocatoria en lo relativo a las condiciones económicas del contrato ya que establece que se regulará <strong>por el <a title="Convenio Oficinas y Despachos de Ávila" href="http://www.diputacionavila.es/bop/bops/2012/08-02-2012.pdf" target="_blank">Convenio vigente para Oficinas y Despachos</a></strong> y el salario, 15 pagas de 1.039,57 €, será equiparable al nivel profesional VI. El Convenio define al Oficial de Segunda como &#8220;el Empleado que con iniciativa y responsabilidad restringida y subordinado a un jefe y Oficial de primera, si lo hubiere, realiza trabajos de carácter secundario que sólo exigen conocimientos generales de la técnica administrativa&#8221;. Por tanto, habría que preguntarse <strong>cómo una administración pública puede incentivar</strong> ese &#8220;ardid&#8221; de <strong>contratar por un nivel profesional inferior a las responsabilidades y funciones que realmente se piden realizar</strong>.</p>
<p style="text-align: justify;">El <strong>régimen de contratación</strong> sí es regulado con minuciosidad. Concretamente, la modalidad contractual será el <em>&#8220;<strong>Contrato de trabajo por obra o servicio determinado vinculado a la subvención</strong>, regulado en el artículo 15.1.a) del Estatuto de los Trabajadores&#8221;</em>, además, la persona contratada deberá encontrarse en situación de desempleo. Al respecto, <strong>existe mucha <a title="Jurisprudencia AEDL" href="http://vlex.es/tags/jurisprudencia-sobre-despido-aedl-318095" target="_blank">jurisprudencia</a> que pone en duda la validez de esta modalidad contractual</strong> para la realización de las funciones anteriormente descritas.</p>
<p style="text-align: justify;">Esta subvención es producto de la ayuda que el <a title="Ecyl" href="http://www.empleo.jcyl.es/" target="_blank">Servicio Público de Empleo de Castilla y León</a> ha concedido a  las diputaciones provinciales y ya <a title="Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local" href="http://www.adelcyl.org/las-diputaciones-contaran-con-una-ayuda-para-la-contratacion-de-profesionales-del-desarrollo-local/" target="_blank">fue informado por Adelcyl</a>. <strong>La Diputación de Ávila</strong> recibe 250.000 € y <strong>subvencionará las contrataciones que hagan, antes del 31 de marzo, los ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes.</strong> La <strong>cuantía máxima</strong> de la ayuda es de <strong>10.350,00 €</strong> y <strong>no podrá ser superior al 50% de los costes laborales</strong>. Da total libertad o, al menos, no establece ningún precepto en cuanto al procedimiento de selección.</p>
<p style="text-align: justify;">Los criterios de selección son los que a continuación se relacionan:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify;">Ayuntamientos que hayan consolidado proyectos subvencionados anteriormente mediante programas similares. (0-5 puntos)</li>
<li style="text-align: justify;">Valoración del proyecto. (0-5 puntos)
<ul>
<li style="text-align: justify;">Proyectos cuyo objetivo principal sea la creación de empleo estable de trabajadores desempleados pertenecientes a los colectivos de jóvenes menores de 25 años, mujeres, personas con discapacidad y colectivos especiales. (0-1 puntos)</li>
<li style="text-align: justify;">Proyectos que, además de perseguir el objetivo principal de crear empresas, fomenten la cultura empresarial, estableciendo un plan de actuación. (0-2 puntos)</li>
<li style="text-align: justify;">Proyectos que tengan incidencia directa y a corto plazo en la creación de puestos de trabajo. (0-2 puntos)</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Por último, el <strong>plazo de presentación</strong> de solicitudes por parte de los ayuntamientos es de <strong>un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria</strong> en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila.</p>
<p style="text-align: justify;"><em>Fotografía de esta entrada obtnenida en Flickr. Autor: Pablo Toledo.</em></p>
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		<title>Presentación de &#8220;Valladolid consolida&#8221;</title>
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		<pubDate>Mon, 28 Jan 2013 18:40:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Formación y eventos]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>El próximo día 30 de enero en la sede de la Confederación Vallisoletana de Empresarios (CVE) se celebrará la jornada de presentación del programa &#8220;Valladolid consolida&#8221;. Organizado por la CVE cuenta con la participación de la Agencia de la Innovación y de Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Valladolid y de...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/presentacion-de-valladolid-consolida/">Presentación de &#8220;Valladolid consolida&#8221;</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/01/consolida.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-154" alt="consolida 300x203 Presentación de Valladolid consolida" src="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/01/consolida-300x203.jpg" width="300" height="203" title="Presentación de Valladolid consolida" /></a>El próximo <strong>día 30 de enero</strong> en la<a href="http://www.cve.es/contacto" target="_blank"> sede</a> de la <a title="CVE" href="http://www.cve.es" target="_blank">Confederación Vallisoletana de Empresarios (CVE)</a> se celebrará la <a href="http://www.cve.es/destacados/ayuntamiento-camara-y-cve-presentan-el-programa-valladolid-consolida.html" target="_blank"><strong>jornada de presentación del programa &#8220;Valladolid consolida&#8221;</strong></a>. Organizado por la CVE cuenta con la participación de la <a title="Valladolid Adelante" href="http://www.valladolidadelante.es/lang/" target="_blank">Agencia de la Innovación y de Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Valladolid</a> y de la <a title="Cámara Oficial de Comercio e Industria de Valladolid" href="http://www.camaravalladolid.com/" target="_blank">Cámara Oficial de Comercio e Industria de Valladolid</a>.</p>
<p style="text-align: justify;">Este programa, cofinanciado por el <a title="Ministerio de Industria, Energía y Turismo" href="http://www.minetur.gob.es/es-ES/Paginas/index.aspx" target="_blank">Ministerio de Industria, Energía y Turismo</a>, persigue <strong>ayudar a</strong> <strong>las empresas radicadas en Valladolid a</strong> mejorar sus estrategias y sus conocimientos permitiendo de esta manera <strong>una mejor adaptación y consolidación de sus negocios a las actuales circunstancias del mercado.</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Las empresas participantes podrán recibir asesoramiento profesional para elaborar un plan estratégico de cara a ayudar a introducirse en los mercados internacionales y ampliar su participación en el mercado nacional.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>La jornada que se iniciará a las 9.30 horas está dirigida a PYME y a autónomos en actividades con potencial crecimiento y que estén interesadas en replantear su estrategia empresarial.</strong> Antes de la presentación del proyecto a cargo de la Directora del <a href="http://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/organizacion-administrativa/areas/area-presidencia" target="_blank">Área de Presidencia del Ayuntamiento de Valladolid</a>, Dª Teresa Redondo, se celebrará una mesa redondo sobre las claves para el éxito empresarial en la que intervendrán el Director de la <a title="Fundación Execyl" href="http://www.execyl.es/" target="_blank">Fundación Execyl</a>, D Prudencio Herrero, la Gerente de <a title="Tolten GDP" href="http://www.tolten.es" target="_blank">Tolten GDP</a>, Dª Montserrat Fernández, con la que nuestra organización colaboró hace unos años, y con la responsable de la <a title="Ventanilla Única Internacional" href="http://www.camaravalladolid.com/category/areas/cat_internacionalizacion/" target="_blank">Ventanilla Única Internacional</a>, Dª Ana Atienza.</p>
<p style="text-align: justify;">Para mayor información pueden contactar con la Confederación Vallisoletana de Empresarios en el correo electrónico formacion@cve.es o en el teléfono 983 39 51 31.</p>
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		<title>El desarrollo local y el problema del encadenamiento de contratos laborales</title>
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		<pubDate>Wed, 23 Jan 2013 17:26:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Asociación]]></category>
		<category><![CDATA[Legislación]]></category>
		<category><![CDATA[Profesionales]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>La legislación que ha venido regualando las ayudas para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local (AEDL) ha obligado a las administraciones locales beneficiarias a ir renovando año tras año los contratos de los técnicos de desarrollo local, es decir, a encadenar contratos laborales. Quién no conoce y...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/el-encadenamiento-de-contratos-en-el-ambito-del-desarrollo-local/">El desarrollo local y el problema del encadenamiento de contratos laborales</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;">La legislación que ha venido regualando las ayudas para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local (AEDL) ha obligado a las administraciones locales beneficiarias a ir renovando año tras año los contratos de los técnicos de desarrollo local, es decir, a encadenar contratos laborales. Quién no conoce y ha sufrido el artículo 10.2 de la <a title="Orden 15 de julio de 1999" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-16692" target="_blank">ORDEN de 15 de julio de 1999 por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I + E:</a></p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">La subvención del Instituto Nacional de Empleo por cada Agente de Empleo y Desarrollo Local se concederá por un período de un año, prorrogándose la misma por periodos anuales con un máximo de cuatro años.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Es por ello, que muchos de los profesionales sufren la temporalidad en sus puestos de trabajo por el encadenamiento de contratos de obra o servicio de duración determinada. Concretamente, en el caso de Castilla y León, en la <a title="Convocatoria AEDL año 2011" href="http://bocyl.jcyl.es/boletines/2010/12/29/pdf/BOCYL-D-29122010-44.pdf" target="_blank">convocatoria para el año 2011</a> se llegó a exigir a las entidades beneficiarias explícitamente que las contrataciones fueran <em>&#8220;mediante la modalidad de contrato de trabajo por obra o servicio determinado&#8221;</em>.</p>
<p style="text-align: justify;">Esta situación se volvió más compleja cuando una de las muchas reformas laborales introdujo la siguiente redacción en el artículo 15.5 del<a title="Estatuto de los Trabajadores" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-7730" target="_blank"> Estatuto de los Trabajadores: </a></p>
<blockquote>
<p style="text-align: justify;">Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 1.a), 2 y 3 de este artículo, los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos.<br />
Lo establecido en el párrafo anterior también será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente.</p>
</blockquote>
<p style="text-align: justify;">Posteriormente, el <a title="Real Decreto-ley 3/2012" href="http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/11/pdfs/BOE-A-2012-2076.pdf" target="_blank">Real Decreto-ley 3/2012 de 10 de febrero</a> suspendió la vigencia y aplicación del citado apartado hasta el 31 de diciembre de 2012. Ello quiere decir que desde el pasado día 1 de enero de 2013 vuelve a estar en vigor generando una serie de derechos para aquellos trabajadores que se encuentren en alguna de estas situaciones:</p>
<ul>
<li style="text-align: justify;">Si a fecha de 31 de agosto de 2011 se estaba trabajando cumpliendo el segundo o más contrato laboral y se había acumulado 24 meses o más dentro de un periodo de 30 meses, entonces este trabajador ha adquirido la condición de fijo en ese momento. Por tanto, en caso de ser despedido por causa de fin del contrato temporal, el afectado puede demandar por despido improcedente y exigir la indemnización correspondiente a esa situación.</li>
<li style="text-align: justify;">En el supuesto de que a 31 de agosto de 2011 el trabajador que trabajando al amparo de su, al menos, segundo contrato laboral todavía no hubiera alcanzado el plazo de 24 meses dentro del periodo de 30, entonces a fecha de 1 de enero de 2013 se vuelve a reiniciar el cómputo de dichos plazos.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Entendemos que en alguno de estos supuestos pueden encontrarse muchos profesionales del desarrollo local debido a la casuística de la legislación que afecta a este ámbito. Por ello es bueno que se conozca los derechos laborales que le asisten.</p>
<p style="text-align: justify;">Una última observación, lo anteriormente comentado no será de aplicación a los contratos de formación, de relevo, de interinidad, contratos celebrados en el marco de programas públicos de empleo-formación ni los contratos temporales utilizados por empresas de inserción como parte esencial de un itinerario  de inserción personalizado.</p>
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		<title>Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local</title>
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		<pubDate>Mon, 07 Jan 2013 23:58:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>adelcyl</dc:creator>
				<category><![CDATA[Ayudas]]></category>

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		<description><![CDATA[<p> El pasado día 27 de diciembre el Consejo de Gobierno ha autorizado al Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) la concesión de subvenciones por valor de 1.890.000 euros para financiar los costes salariales de la contratación temporal de profesionales del desarrollo local para la dinamización económica, análisis...</p><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/las-diputaciones-contaran-con-una-ayuda-para-la-contratacion-de-profesionales-del-desarrollo-local/">Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<!-- Start Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetTop Automatic --><p style="text-align: justify;"> <a href="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/01/20130108-005701.jpg"><img class="size-full alignleft" alt="20130108 005701 Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local" src="http://www.adelcyl.org/wp-content/uploads/2013/01/20130108-005701.jpg" width="150" height="121" title="Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local" /></a>El pasado día 27 de diciembre <a href="http://www.comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1281372051501/_/1284251447560/Comunicacion" target="_blank">el Consejo de Gobierno ha autorizado al Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) la concesión de <strong>subvenciones por valor de 1.890.000 euros</strong></a><strong> para financiar los costes salariales de la contratación temporal de profesionales del desarrollo local para la dinamización económica, análisis de recursos disponibles y para la creación de empresas en el ámbito rural.</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Esta ayuda sustituye, en parte, las ayudas para la contratación de <a title="Definición Wikipedia" href="http://es.wikipedia.org/wiki/Agente_de_desarrollo_local" target="_blank">Agentes de Empleo y Desarrollo Local (AEDL)</a></strong>. La cuantía de la subvención será de 27.000 euros por cada contrato realizado que tendrá una duración de 12 meses como establecía la anterior convocatoria de AEDL.</p>
<p style="text-align: justify;">Los fondos asignados para la contratación de estos técnicos se distribuirán de la siguiente manera: las diputaciones de León y Valladolid recibirán 270.000 € cada una (equivale a 10 técnicos), la diputación de Burgos contará con 216.000€ (8 técnicos) y las diputaciones de Ávila, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria y Zamora recibirán 189.000 euros (7 técnicos) cada una.</p>
<p style="text-align: justify;">Si se toma como referencia la última convocatoria de ayudas de AEDL del año 2011, las diputaciones recibieron ese año 1.166.337,92€ que representaba el 14,21% de los 5.944.764,72€ de los fondos destinados a esa convocatoria. Ese año, la Diputación de Ávila obtuvo 54.091,08€, la Diputación de Burgos contó con 162.173,24€, la Diputación de León no obtuvo ayuda alguna, a la Diputación de Palencia se le concedió una ayuda que ascendía a 192.699,48€, la Diputación de Salamanca obtuvo 270.454,40€, la Diputación de Segovia tuvo una ayuda de 108.182,16€, la Diputación de Soria contó con 27.045,54€, la Diputación de Valladolid obtuvo 189.318,78€ y la Diputación de Zamora fue subvencionada con 162.273,24€.</p>
<p style="text-align: justify;">Este programa es parte de la la <a title="Estrategia integrada de empleo" href="http://www.empleo.jcyl.es/web/jcyl/Empleo/es/Plantilla100/1284218089781/_/_/_" target="_blank">“Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad 2012-2015”</a> que fue rubricada por la Junta de Castilla y León y los representantes sociales a principios del año 2012.</p>
<div class="shr-publisher-134"></div><!-- Start Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- End Shareaholic LikeButtonSetBottom Automatic --><!-- Start Shareaholic Recommendations Automatic --><!-- End Shareaholic Recommendations Automatic --><p>Esta entrada <a href="http://www.adelcyl.org/las-diputaciones-contaran-con-una-ayuda-para-la-contratacion-de-profesionales-del-desarrollo-local/">Las diputaciones contarán con una ayuda para la contratación de profesionales del desarrollo local</a> apareció primero en <a href="http://www.adelcyl.org">adelcyl</a>.</p>]]></content:encoded>
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